La legislación y el movile learning: Ley 5/2014, de 9 de octubre, de Protección Social y Jurídica de la Infancia y la Adolescencia de Castilla-La Mancha.

Lorenzo Tomás

 

Atención al 4º punto de esta ley recién aprobada:

Artículo 22 Deberes de ciudadanía de los menores

1. Los niños y los adolescentes tienen el deber de estudiar en el periodo obligatorio y de mantener una actitud de aprendizaje positiva durante todo el proceso formativo para conseguir así el pleno desarrollo de su personalidad y cumplir con el resto de sus obligaciones, en los términos que establezca la legislación educativa estatal y autonómica.

2. Son deberes de ciudadanía de los menores respetarse a sí mismos y a las personas con las que se relacionan y el entorno en el que se desenvuelven. Concretamente, deben respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales de los otros; respetar la dignidad, integridad e intimidad de todas las personas de su entorno y conservar y hacer un buen uso de los recursos e instalaciones y equipamientos públicos o privados, mobiliario urbano, recursos naturales y cualesquiera otros en los que se desarrolle su actividad.

3. Los menores deben hacer un uso adecuado y responsable de las tecnologías de la información y la comunicación, preservando su intimidad y respetando los derechos de los demás.

4. Los menores no deberán mantener operativos teléfonos móviles ni otros dispositivos de comunicación en los centros escolares, salvo en los casos previstos expresamente en el proyecto educativo del centro o en situaciones excepcionales, debidamente acreditadas.

Probablemente este sea el principal escollo con el que nos encontramos a la hora de desarrollar actividades de mobile learning en el aula y la legislación nos marca como debemos de enfocar estas cuestiones dentro de una programación y en situaciones "excepcionales". Pero ¿estamos protegidos ante un uso inadecuado del móvil en una actividad promovida por nosotros? ¿podemos evitar un mal uso de estas tecnologías sin enfrentarnos a la posibilidad de estar violentando la intimidad del alumnado?

Según la wikipedia, en el artículo dedicado a este tema, el mobile learning tiene "Entre las ventajas principales (...)  la capacidad de ofrecer un aprendizaje personalizado en cualquier momento y lugar, las posibilidades para realizar aprendizajes adaptados al estilo de aprendizaje de cada estudiante y el dinamismo con el que se presenta para los alumnos un medio tan atractivo como este", nos enfrentamos a la necesidad de estudiar con detenimiento pros y contras del uso de estas tecnologías y, quizá, preparar protocolos muy detallados y específicos para poder utilizarlas en la práctica educativa.